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Ayudas para pagar el alquiler

Ayudas para pagar el alquiler

por AdmiCorcho  |  Feb 24, 2022  |  Administraciones Corcho

Articulo Blog 24 febrero 2022

El Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, recientemente aprobado, ha establecido una serie de ayudas a los inquilinos. Las comunidades autónomas organizarán las convocatorias durante los próximos meses...

Bono de alquiler joven

Edad. Las personas de hasta 35 años (incluidos) podrán pedir una ayuda de 250 euros mensuales para pagar el alquiler y facilitar su emancipación. En este sentido:

  • La unidad de convivencia en el piso alquilado (o que va a ser alquilado) no podrá tener ingresos superiores a tres veces el IPREM (el IPREM anual por 14 pagas es de 8.106.28 euros).
  • Ninguno de los ocupantes del piso podrá ser titular o usufructuario de una vivienda, ni pariente hasta segundo grado del titular o cedente de ésta, ni socio de la entidad titular o cedente (si se trata de una sociedad).
  • En general, la renta de alquiler no podrá ser superior a 600 euros al mes (300 en caso de alquiler de habitación), importes que las comunidades autónomas pueden ampliar hasta 900 y 450 euros, respectivamente.
  • La ayuda total es de 6.000 euros (250 x 24 meses), compatible con la ayuda para contribuir al reto demográfico que se explica a continuación, y sin que la suma de las ayudas pueda exceder del 75% del importe del alquiler.
  • Reto demográfico

    Dos tipos. Los jóvenes de hasta 35 años (incluidos) pueden acogerse a dos tipos de ayudas:

  • Alquiler. Ayuda de hasta el 60% del alquiler. Los requisitos de rentas obtenidas y costes del alquiler son similares a los indicados más arriba para el Bono de alquiler joven
  • Adquisición. Ayuda a la adquisición de vivienda situada en núcleos de población de hasta 10.000 habitantes. La vivienda deberá tener un precio de adquisición de hasta 120.000 euros, y el límite de la ayuda es el 20% del precio de adquisición, con un máximo de 10.800 euros.
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    Ayudas para pagar el alquiler

    Otras ayudas

    Ayudas al alquiler. Con carácter general, se pueden conceder ayudas de hasta el 50% de la renta cuando la unidad de convivencia tenga unos ingresos no superiores a tres veces el IPREM. Este umbral se ampliará a cuatro veces el IPREM para familias numerosas de categoría general o con algún miembro con discapacidad reconocida, y a cinco veces el IPREM para familias numerosas de categoría especial o con miembros con discapacidad más severa. Estas ayudas se aplican a arrendamientos de hasta 600 euros mensuales, límite ampliable a 900 euros por parte de las Comunidades Autónomas.

    Vulnerables. También se conceden ayudas de hasta el 100% del importe del alquiler y de hasta el 100% de los gastos de comunidad, mantenimiento y suministros, con el límite de 600 euros mensuales de alquiler (en algunos supuestos hasta 900) y de 200 euros mensuales para los gastos de mantenimiento de la vivienda para víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.

    Vulnerabilidad sobrevenida. También se establecen ayudas de hasta el 100% de la renta arrendaticia para unidades de convivencia que pasen a estar en situación de vulnerabilidad sobrevenida (que antes de esta situación tuviesen unos ingresos no superiores a cinco veces el IPREM y que pasen a tener unos ingresos no superiores a tres veces el IPREM). Entre otros requisitos, la unidad de convivencia deberá tener una reducción de sus ingresos netos superior al 20% y el esfuerzo para hacer frente al alquiler deberá ser superior al 40% de sus ingresos, con un alquiler no superior a 900 euros al mes.

    Informe a sus clientes sobre las ayudas al alquiler existentes en el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Esté atento a las convocatorias que realizarán las comunidades autónomas para concretarlas.

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