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Los cambios de suministros en contratos de alquiler

Los cambios de suministros en contratos de alquiler

por AdmiCorcho  |  Feb 10, 2022  |  Administraciones Corcho

Articulo Blog 10 febrero 2022

En los alquileres, aunque el inquilino deba pagar los gastos por suministros, no siempre se efectúa el cambio de nombre. Pero esto podría suponer un problema con las nuevas políticas de pobreza energética. Vea por qué.

Deudas. Si se acumulan impagos en los recibos de suministros, la compañía suele cortarlos, además de reclamar la deuda. Siendo usted arrendador, aunque el suministro esté a su nombre, no le afecta el corte (puesto que no habita la vivienda) y siempre puede reclamar la deuda a su arrendatario. Sin embargo, las políticas de pobreza energética impiden que se corte el suministro a familias vulnerables, aunque esto no evita que la deuda siga subiendo, por lo que en este caso la situación se complica. Vea cómo prevenir esto...

A su nombre o al mío

Control. El titular del suministro puede escoger compañía, potencia, tarifas, etc. Por lo tanto, puede hacer los cambios que considere oportunos al respecto, acogerse a bonificaciones o descuentos... Dado que usted es el titular de la vivienda, hasta ahora nunca ha hecho cambio de nombre porque le interesa decidir sobre esto; además, así se evita esta gestión con cada cambio de arrendatario. Pero tenga en cuenta que no vive ahí y que su inquilino podría acumular deudas, por lo que tal vez ser titular del contrato de suministro no sea la mejor opción.

Condiciones. Además, en este sentido, al arrendatario puede interesarle ser el titular para poder decidir él, que será el usuario del servicio, especialmente si puede acogerse a bonificaciones (por ejemplo, por ser familia numerosa). Las normativas de las compañías requieren que el usuario bonificado sea el titular del contrato.

Al final del contrato. Si cambia el titular “sin subrogación”, para poder volver a ponerlo a su nombre o al de un nuevo inquilino, como máximo tendrá que abonar el coste de una nueva alta. Normalmente las deudas se asocian al punto de suministro y, si se cambia el titular, éste debería afrontar la deuda. Para evitarlo haga un cambio de titular sin subrogación: así continuará respondiendo el anterior titular.

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Los cambios de suministros en contratos de alquiler

Limitaciones. Si, aun así, usted quiere tener los suministros con una compañía concreta, en principio podría establecer en el contrato una cláusula que prohíba al inquilino cambiar de subministradora o dar de baja los contadores o bien que necesite de su autorización expresa para hacerlo. La recomendación es pactar en el contrato de alquiler que los gastos que se deriven del incumplimiento de esta cláusula y los daños y perjuicios ocasionados serán a cargo del arrendatario.

En la práctica. A veces es difícil evitar que se cambie la titularidad del suministro y, por ejemplo, que al dejar la vivienda el antiguo inquilino curse la baja de los contadores. Esto es así porque son trámites que suelen realizarse por teléfono y sin que la compañía suministradora revise las cláusulas del contrato de alquiler y, por lo tanto, la distribuidora no tiene conocimiento de la prohibición. Además, en ocasiones las compañías prometen descuentos al hacer el cambio de distribuidor, lo que podría tentar a su inquilino.

Penalización. Por ello le conviene incluir en el contrato una penalización para que su inquilino responda por los gastos que le ocasione el incumplimiento de la cláusula. Para evitar problemas y que un juez pueda considerar que esta cláusula no es válida, especifique que la indemnización será equivalente a los gastos, daños y perjuicios que el incumplimiento le ocasione.

Evite tener que hacerse cargo de las deudas pendientes haciendo el cambio de nombre de los suministros. No obstante, puede prohibir a su inquilino cambiar de compañía o dar de baja los contadores y establecer penalizaciones por incumplimiento.