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Desde hace algún tiempo es habitual que surja la cuestión de si las comunidades de propietarios deberían contar con desfibriladores como recurso vital ante paradas cardiorrespiratorias. Pese a que la instalación de este dispositivo en edificios residenciales es habitual en otros países, en España y en Madrid todavía es una práctica residual. De hecho, según el Registro de Desfibriladores Externos Fuera del Ámbito Sanitario de la Comunidad de Madrid, no llega al medio centenar la cifra de comunidades de propietarios que cuentan con este dispositivo. Apenas 500 de más 200.000 comunidades de propietarios que hay en la región.

¿Es obligatorio tener un desfibrilador en una comunidad de propietarios?

No. En algunas regiones de España es obligatorio en comunidades muy grandes, pero en el caso de Madrid no es imperativo en ningún caso en las fincas residenciales. En la Comunidad de Madrid desde 2017 están obligados a disponer de desfibrilador los grandes establecimientos comerciales con una superficie superior a 2.500 m2 , los aeropuertos, las instalaciones de transporte, los establecimientos públicos con un aforo igual o superior a 2.000 personas, los establecimientos dependientes de las Administraciones Públicas, las instalaciones, centros o complejos deportivos con más de 500 usuarios diarios, los establecimientos hoteleros con más de 100 plazas, los centros educativos, los centros de trabajo con más de 250 trabajadores y los centros residenciales de mayores con 200 plazas. Recientemente se amplió también a centros médicos que realicen ‘técnicas intervencionistas en actividades diagnósticas o de tratamiento y/o administración de fármacos’, como pueden ser las clínicas dentales.

El decreto que regula la instalación de desfibriladores fuera del ámbito sanitario también estableció la creación de un registro, en el que a finales de marzo de este año había 7.598 desfibriladores dados de alta. El objetivo de este registro es disponer de un mapa de geolocalización de desfibriladores en la región. Es de acceso público y se puede consultar en la web de la Comunidad de Madrid.

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¿Debería instalarse un desfibrilador en mi comunidad de propietarios?

La Federación Española del Corazón aboga por la extensión de la instalación de desfibriladores. Y en los datos de basa: en España cada 20 minutos se produce una parada cardiorrespiratoria (30.000 al año) y el 75% tiene lugar en el hogar. Explica la entidad que, si se aplica un desfibrilador en los 3 minutos después del paro cardiaco, la supervivencia aumenta un 73% y si se utiliza en menos de 5 minutos, las posibilidades se incrementan hasta el 50%.

Pero hay que tener en cuenta que, en función de las dimensiones físicas de la finca, quizás no sea suficiente con un único desfibrilador. La Fundación Española del Corazón subraya que “idealmente, en un espacio correctamente cardioprotegido, debería existir un desfibrilador a menos de 5 minutos (ida y vuelta) de cualquier lugar donde pueda producirse un paro cardiaco súbito”

¿Qué es necesario para instalar un desfibrilador en mi comunidad de propietarios?

Solicitarlo a través de la web de la Comunidad de Madrid. La normativa vigente establece una serie de condiciones en cuanto a su ubicación, señalización, mantenimiento…

Si se produce una parada cardíaca en la comunidad, ¿Quién puede usar el desfibrilador?

En la Comunidad de Madrid los desfibriladores instalados fuera del ámbito sanitario están conectados de forma permanente al 112, por lo que en cuanto se utilizan se activa el protocolo de actuación de los servicios de emergencias. La normativa vigente establece que es imperativo, antes de aplicar el desfibrilador al paciente, avisar al 112. Y a partir de ahí la situación varía en función de las circunstancias. De forma prioritaria será el personal médico y de emergencias el que use el dispositivo, pero de no estar presentes, podrá aplicarlo cualquier persona con la formación necesaria. Si no hay nadie que reúna estas condiciones, el 112 puede autorizar, telefónicamente, a cualquier persona presente a utilizar el desfibrilador.

Los aparatos que se instalan fuera del ámbito sanitario son denominados Desfibriladores Externos Semiautomáticos (DESA) y su uso es muy sencillo, ya que es el propio dispositivo el que detecta si es necesario o no aplicar una descarga y está diseñado para aportar las instrucciones necesarias de forma comprensible a cualquier usuario.