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  • Ganancia patrimonial: ingreso superior al precio por el que se compró el producto
  • Estos beneficios deben declararse por cualquier importe y medio de pago
  • Los compradores tampoco están exentos de impuestos y deben tributar al 4%

En la semana en la que arranca la campaña para la Declaración de la Renta 2020-2021, conviene recordar uno de los aspectos que más pasa desapercibido por los contribuyentes pero en los que más atención va a poner la Agencia Tributaria en los próximos meses. Con vistas a un incremento de las inspecciones, Hacienda siempre ha deja claro que las ganancias obtenidas por la venta de artículos de segunda mano deben incluirse en la declaración..

Wallapop, Aliexpress, eBay o Alibaba se han convertido en los últimos años en un lugar habitual para el intercambio de bienes online. Páginas que cada vez conectan más transacciones de un producto por dinero y por las que Hacienda no quiere dejar perder ni un solo euro del que le corresponde.

Así, en lo que respecta a la Renta que se puede empezar a presentar desde este miércoles 7 de abril, habrá que incluir en ella todos los ingresos que se hayan obtenido mediante estas aplicaciones. Como si se tratase de comercio offline, el tradicional, el fisco marca que hay una ganancia que debe tributar en el momento que se vende un artículo por un precio superior al que se compró.

De estas ganancias solo se está exento cuando la transacción la realizan empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad profesional

Entendiéndose como ganancia patrimonial, el beneficio deberá ir en su correspondiente casilla de la declaración e independientemente de su importe y su medio de pago (lógicamente, la Agencia Tributaria pone más atención sobre los altos rendimientos y cuando se dan en rutinas). Además, de la venta de productos de segunda mano solo están exentas de impuestos las transacciones «realizadas por empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional».

¿Cuánto hay que pagar por los ingresos?

Sabiendo ya que solo se tributan los beneficios que superen al valor de los gastos que se pagaron por tal producto, en la práctica de las ventas de segunda mano algo poco habitual, solo los ‘maestros’ de este comercio deberán pasar por Hacienda.

Así, al margen de la comunidad autónoma, todos los productos tributarán a un tipo impositivo del 19% hasta los 6.000 primeros euros. Si se rebasase tal cantidad, los siguientes 44.000 euros tributarán al 21% y, por encima de 50.000 euros, al 23%.

Los compradores deben tributar al 4%

Por su parte y en lo que refiere a los compradores, estos tampoco se salvan de tener que declarar sus compras. Al igual que ocurre con las ventas y cómo se entiende como si de una transacción normal se tratase, Hacienda puso en un 4% la tributación del valor pagado.

Al no estar sujeta al IVA, toda operación en la venta de segunda mano debe considerarse como transmisión gravada en el Impuesto de Transmisión Patrimonial (ITP). En la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, de esta forma se liquida el gravamen a través del modelo 600 de la Agencia Tributaria y en el plazo de un mes desde la compra.