91 569 44 99   Urgencias 24 h. 91 361 38 48 info@admicorcho.es

Qué consecuencias fiscales tienes si alquilas una habitación

por | Sep 14, 2023 | Administraciones Corcho

Que-consecuencias-fiscales-tienes-si-alquilas-una-habitacion

Su cliente está experimentando algunas dificultades económicas, por lo que ha decidido alquilar una de las habitaciones de su vivienda para obtener unos ingresos extras. Comuníquele las consecuencias fiscales de esto…

Renta del capital inmobiliario

Rendimiento neto. Un primer aspecto a tener en cuenta es que, como sucede cuando se alquila una vivienda completa, al alquilar una habitación con derecho al uso de las zonas comunes —cocina, salón y baño— el arrendador debe declarar las rentas percibidas como rendimientos del capital inmobiliario. De la misma forma, a la hora de cuantificar el rendimiento neto a declarar en el IRPF, el arrendador puede deducirse los gastos que soporte por el alquiler:

  • Gastos de tenencia de la vivienda (IBI, gastos de comunidad, seguros de hogar, intereses del préstamo solicitado para comprar la vivienda, etc.). Podrá deducir estos gastos en una proporción equivalente a la que represente la superficie de la habitación respecto de la superficie total de la vivienda.
  • Gastos por los servicios contratados (suministros de luz, agua, gas...) en la proporción que corresponda al inquilino.

Reducción del 60%. Asimismo, si el alquiler tiene como objeto satisfacer la necesidad permanente de vivienda del inquilino (es decir, no se trata de un alquiler vacacional o por temporadas), el arrendador puede aplicar sobre los rendimientos netos obtenidos una reducción en su IRPF del 60 % de su importe (y tributar en su IRPF sólo por el 40% de dichos rendimientos), tal como ocurre con el alquiler de una vivienda completa.

Deducción por vivienda

Menor base. Sin embargo, es relevante considerar que, en caso de que el arrendador esté aplicando la deducción por adquisición de vivienda habitual en su IRPF, no podrá computar como base de deducción el porcentaje de la vivienda que represente la habitación alquilada como base de deducción. No obstante, podrá continuar aplicando la deducción por el resto de la vivienda, incluso por las partes de esta de uso común, como el comedor o la cocina.

Ejemplo. Una vivienda tiene 100 metros cuadrados y su propietario va a alquilar una habitación de 20 metros cuadrados. Si las cuotas de la hipoteca que satisface ascienden a 750 euros al mes (9.000 euros al año), alquilar la habitación le supondrá perder 270 euros de deducción al año.

Barra Lateral de los Articulos

Te llamamos para informarte de las Ventajas Corcho

Si lo prefiere, llámenos al teléfono...

91 088 76 01

Acuerdo entre Corcho y Preventiva Seguros

Acuerdo Corcho con Preventiva
PREVENTIVA SEGUROS
Boletin 2-2021 OK
Concepto Sin alquilerCon alquiler
Cuotas hipoteca9.0009.000
% deducible100%80%
Base deducción9.0007.200
Deducción 15%1.3501.080

Exención

Venta posterior. Además, si el propietario de la vivienda se plantea venderla más adelante, el hecho de haber alquilado una habitación puede perjudicarle. Así, si ya la ha alquilado, es preciso que deje de arrendarla y que después espere tres años para proceder a la venta de la vivienda. Si se transmite la vivienda antes, los incentivos de la exención por venta de vivienda habitual para mayores de 65 años y la exención por reinversión en vivienda habitual se reducen.

Esperar tres años. En estos supuestos, el arrendador no podrá aplicar la exención respecto a la proporción de la vivienda que suponga la habitación alquilada. Hacienda considera que dicha parte del inmueble no tiene el carácter de vivienda habitual y, por tanto, no puede disfrutar de los incentivos indicados. Para que la habitación alquilada vuelva a considerarse parte de la “vivienda habitual” debe mantenerse sin alquilar durante otros tres años seguidos.

Alquilar una habitación de la vivienda habitual permite deducir los gastos del alquiler y disfrutar de una reducción del 60% sobre las rentas a declarar. No obstante, empeora los incentivos de la deducción por adquisición de vivienda y la exención por venta.