Administración de Fincas en Madrid
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Yo vendo mi parte
Cuando varias personas son copropietarias de un inmueble y surgen discrepancias, es posible que alguna se plantee vender su parte a un tercero. Incluso existen empresas especializadas en la compra de mitades indivisas de inmuebles… Copropietarios. Esta situación suele producirse con inmuebles heredados por familiares. En ese caso, puede que uno quiera vender (alegando necesidades económicas), pero que el otro quiera mantenerlo como inversión. ¿Qué puede suceder si no se ponen de acuerdo y uno de los copropietarios amenaza con vender su mitad a una empresa especializada en comprar mitades indivisas? Sí tiene derecho Venta. Si un copropietario vende su mitad, el otro tiene un derecho de adquisición preferente (tanteo y retracto), que le permite adquirir esa parte de la finca por el precio que el tercero haya pagado. Aun así, las empresas especializadas en la compra de mitades indivisas están proliferando, ya que muchas veces el copropietario interesado en mantener la inversión no tiene liquidez para comprar la parte del otro copropietario. Doble beneficio. Aprovechándose de esta circunstancia, estas empresas aceptan comprar mitades indivisas porque lo hacen rápido y a un precio por debajo del valor de mercado. Y una vez han adquirido, buscan un segundo beneficio negociando con el otro copropietario (para que éste les compre su parte o les venda la suya). División. Además, si no llegan a un acuerdo, esas empresas saben que siempre pueden pedir al juez que se divida la finca…
¿Cómo repartimos los inmuebles?
En herencia de su padre usted y sus hermanos van a recibir unos inmuebles y depósitos bancarios. Si es posible repartan todos los bienes de forma equitativa al aceptar la herencia, evitando recibir inmuebles en proindiviso. Con Proindiviso Reparto. Tras el fallecimiento de su progenitor usted y sus hermanos se disponen a aceptar la herencia y a repartirse los bienes. Apunte En estos casos, si hay inmuebles de diferentes valores y no es posible que todos reciban una parte igual, es frecuente adjudicarlos en proindiviso y, más adelante, disolver la comunidad de bienes constituida (por ejemplo, tres hermanos heredan dos inmuebles en herencia y deciden adjudicarse cada uno 1/3 de cada inmueble). AJD. Sin embargo, esta alternativa no siempre es la más adecuada. Adjudicar inmuebles en proindiviso da origen a una comunidad de bienes (o varias). ¡Atención! Si mas adelante deciden disolver dicha comunidad y que cada inmueble se lo quede un solo hermano (a cambio de compensaciones económicas), él o los adquirientes deberán satisfacer AJD: entre el 1% y el 1,5% del valor de la parte de cada inmueble que adquieran. IRPF y Plusvalía. Además, si transcurre un tiempo desde la defunción hasta dicha disolución, tal vez deberán pagar otros impuestos: Plusvalía. Por un lado, la plusvalía municipal (a cargo de los hermanos que transmitan su parte de los inmuebles). Apunte La mayoría de municipios exigen este impuesto, que sólo puede evitarse si las adjudicaciones son equitativas (es decir si…
Bono social y Bono Térmico
Aclaraciones sobre estos dos asuntos en los que hay cierta confusión entre las familias numerosas – Bono social de la luz: Es un descuento en la factura de la luz que se ofrece a los ciudadanos desde el gobierno, supone un 25% de descuento y en casos de vulnerabilidad un 40%. TODAS LAS FAMILIAS NUMEROSAS pueden acceder a este Bono Social La SOLICITUD DEL BONO SOCIAL la gestiona cada familia con su empresa eléctrica comercializadora, la empresa que le factura la luz cada mes. Estas empresas se dividen en dos grupos: Las que están en el mercado libre, donde cada una estima unos precios dentro de unos baremos Las que están en el mercado regulado. Estas son las empresas comercializadoras que pueden ofrecer a los clientes el Bono Social Una vez que contrates la luz en una empresa del mercado regulado podrás realizar la solicitud del Bono Social El Bono Social hay que renovarlo cada 2 años y si eres familia numerosa y tienes que renovarlo durante ese periodo de dos años, TIENES QUE COMUNICAR LA NUEVA FECHA DE CADUCIDAD DEL TÍTULO PARA QUE SIGAN HACIÉNDOTE EL DESCUENTO EN LA FACTURA Os dejamos aquí información más concreta de algunas de estas empresas: Energía XXI: (específica para familias numerosas) https://www.energiaxxi.com/bono-social-familias-numerosas Regsiti: Enviar documentación o solicitar información: @ mail: bono-social@regsiti.com Fax: 910 916 362 Correo postal: Calle Isabel Torres nº19 -39011 Santander (BONO SOCIAL) En cualquiera de las oficinas de Atención al…


